0
(0)

Con el objetivo de mantener una comunicación más directa con los contribuyentes el  Servicio de Administración Tributaria (SAT) creó un espacio llamado Buzón Tributario, el cual tiene la función de fungir como un correo virtual donde los contribuyentes reciben de manera personalizada información referente a su situación fiscal, además pueden realizar trámites y solicitudes sin tener que acudir directamente a las oficinas.

Tal como si fuera una bandeja de entrada de correo electrónico, este Buzón inició sus operaciones en 2014. Todas las personas físicas, morales y asalariadas pueden acceder a éste a través del  portal oficial del SAT. Los únicos datos que se solicitarán son la e.firma o firma electrónica y la contraseña.



De acuerdo con el SAT, el Buzón Tributario es un servicio de comunicación en línea diseñado para interactuar e intercambiar documentación con la autoridad fiscal de forma ágil, oportuna, confiable, sencilla, cómoda y segura.

¿Cómo ingresar al Buzón?

En la página de inicio del sitio web del SAT se deberá elegir la sección Trámites y después dar clic en la opción de Buzón Tributario, se desplegará un formulario donde se pide el RFC, contraseña y la e.firma. La primera ocasión al ingresar solicitará un correo electrónico para que el SAT pueda enviar las notificaciones sobre la actividad de Buzón del contribuyente.

¿Qué se puede hacer en el Buzón?

Hay varias acciones que se pueden realizar a través de esta sección. Por ejemplo, las personas físicas podrán verificar el estatus de sus devoluciones. A través de este espacio el SAT podrá avisar al contribuyente si le hace falta algún documento, y de ser así incluso podrá enviarlo por este mismo medio.


¿Cada cuándo se debe revisar el Buzón?

Es recomendable revisar periódicamente el Buzón Tributario, sobre todo cuando el contribuyente se encuentra en algún tramite trámite pendiente.  Cuando el SAT envíe un mensaje el contribuyente solamente tendrá tres días para revisarlo, ya que es el tiempo que da el fisco para notificar. Es importante mencionar que en caso de que el contribuyente no lea los mensajes no se eximirá de ninguna responsabilidad, y al contrario, si no se da una respuesta puntal el contribuyente se hará acreedor a algún tipo de multa.

Algunos beneficios sobre el uso del Buzón Tributario

  • Tener la opción y capacidad de que los correos se envíen ya sea al correo electrónico, teléfono o dispositivo móvil. El aviso tendrá el asunto bien indicado de que hay un nuevo documento electrónico para atender en su Buzón Tributario.
  • Permitir verificar que el trámite administrativo que le ha sido notificado electrónicamente es oficialmente emitido por el SAT y firmado con la Firma Electrónica Avanzada por un funcionario de la entidad.
  • Lograr disminuir los costos de traslado y reducir los tiempos de espera.
  • Recibir avisos e información correspondiente a beneficios y facilidades fiscales.


¿Te fue útil la información?

Danos tu valoración!

susana

0 Comments

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *