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Los EFOS y EDOS son términos que se comenzaron a conocer después de la Reforma fiscal del 2014 en la cual apareció la referencia al artículo 69-B en el Código Fiscal de la Federación, el cual se crea en base a la necesidad de poder detectar y controlar las operaciones electrónicas con fines de evasión fiscal y de igual forma a los contribuyentes que generen este tipo de operaciones para su beneficio.

EFOS: Empresa que factura operaciones simuladas
La definición de EFOS viene del acrónimo de lo que se conoce como “Empresas que Facturan Operaciones Simuladas” que son las empresas encargadas de generar facturas ficticias de venta de productos o servicios con el objetivo de poder generar gastos a otras empresas para su beneficio, evitando así el pago de impuestos y por lo cual caen en el entendido de evasión de impuestos.

  • No cuentan con activos, personal ni infraestructura física.
  • No se localizan en el domicilio fiscal, o después de un tiempo desocupan sin dar aviso.
  • Comparten domicilio con otros contribuyentes, generalmente en zonas marginadas, virtuales o ficticias.
  • Socios no cuentan con recursos económicos, no declaran, son ilocalizables, habitan en zonas marginadas o fueron empleados.
  • Abren cuentas y las cancelan pronto. Presentan altos montos de facturación y pocos o nulos gastos.
  • Objeto social muy amplio, énfasis en intangibles, para poder ofrecer facturas acordes a las actividades de quien las compra.

EDOS: Empresa que deduce operaciones simuladas
Los EDOS también son un acrónimo de lo que el SAT conoce como “Empresas que Deducen Operaciones Simuladas” y son estas mismas las encargadas de contabilizar las transacciones generadas por los EFOS para poder registrar gastos inexistentes y de esta forma evitar el pago de impuestos a las autoridades, generando aquí, lo mejor conocido como la evasión fiscal.

  • Por lo general cumple con sus obligaciones fiscales.
  • Está localizado en el domicilio fiscal que tiene registrado el SAT.
  • Tienen una actividad de donde la materialidad es visible.
  • Los socios generalmente están en la nómina, y tienen mayor cumplimiento que los EFOS.
  • Suelen reportar pérdidas fiscales o utilidades marginales. Generando un mínimo de impuesto a cargo.
  • Genera documentación apócrifa para acreditar la materialidad de la operación (manuales, asesorias, capacitacion, etc.)

Tipos de situación

Presunto
Estatus inicial del SAT para la notificación de contribuyente con operaciones sospechosas que asimilan a EFOS. Este mismo hace referencia a las empresas que por su operación variable, domicilio no válido y falta de activos ya sea de carácter material o humano pudieran estar generando operaciones simuladas. * Una vez notificado como presunto existe un procedimiento en el SAT para poder desvirtuar cualquier observación. * Las empresas que son observadas como presuntos ya NO pueden salir de la lista del SAT.

Desvirtuado
Son las empresas que fueron observadas como “Presuntos” pero en base a evidencia pudieron demostrar el tipo de operación que tienen y que las transacciones que hacen son reales, por lo cual quedan desvirtuados como EFOS y sus transacciones son aceptables. Las empresas que desvirtúan su observación siguen apareciendo en la lista con este estatus.

Definitivo
Son las empresas que no presentaron un proceso para desvirtuar o su proceso no fue satisfactorio para poder demostrar que su operación es real, por lo cual quedan observados como EFOS y no podrán efectuar transacciones de facturación con terceros ya que sus certificados y RFC quedarán inválidos para la generación de las mismas. Es importante mencionar que una empresa que tiene relación ya sea como cliente o proveedor de algún contribuyente que se encuentre en este estatus, podrá ser llamada para procesos fiscales por estar relacionada con EFOS.


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susana

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